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  • Laura Meléndez

INE ordena retiro de propaganda: viola la Constitución dentro de proceso de Revocación de Mandato


La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional y diversos ciudadanos en contra de Morena, la asociación civil Que siga la Democracia y quien resulte responsable, por la colocación de propaganda en espectaculares, lonas, bardas y adheridas en postes, en 15 entidades de la República, cuyo contenido según los quejosos, pretende influir al Titular del Ejecutivo Federal durante el proceso de Revocación de Mandato, en contravención a la Constitución y a la ley reglamentaria.


Los integrantes del colegiado, en un análisis preliminar, razonaron que si bien la ciudadanía se encuentra en plena libertad para externar su posición en torno al proceso de revocación de mandato y hacer público su apoyo al Presidente de la República para que continúe en el cargo, ello debe estar libres de injerencias, financiamiento público y de intervenciones partidistas o gubernamentales.


De la investigación realizada por el INE se refleja que la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, que guardan exacta identidad gráfica, tipo, costo, magnitud y ubicación, y resulta coincidente con la propaganda difundida por Que Siga la Democracia A.C. en su portal de internet en 15 entidades federativas.


La Comisión concluyó que la propaganda denunciada no puede tenerse como ciudadana, sino resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional ajena al derecho de la ciudadanía para participar en este ejercicio, esto es, una campaña orquestada.


Además, advirtió que hasta este momento existe falta de certeza sobre la autoría y recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda en cuestión.


En consecuencia, estimó pertinente ordenar a distintas personas físicas y morales, así como a personas físicas y morales del Registro Nacional de Proveedores de este Instituto, para que informen al INE o relativo a la contratación de esos espacios de publicidad.


De tener la documentación que acredite la legalidad de la misma, la publicidad podrá permanecer, en caso contrario, deberá ser retirada.


A 61 municipios en un plazo máximo de 72 horas, el retiro de la propaganda que no se ubique en propiedad privada.


A las personas físicas o morales que señala el Acuerdo, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio;.


A las personas físicas o morales del Registro Nacional de Proveedores, para que, en un plazo máximo de 72 horas, retiren la propagada, debiendo presentar ante el INE la documentación que acredite la contratación legal del espacio.


A la asociación civil “Que siga la Democracia” para que, en un plazo máximo de 24 horas, publique en su página de internet https://www.quesigalademocracia.mx/, de forma visible, el siguiente texto:


El INE añade que la justificación de estas medidas es para preservar el orden constitucional y legal, así como los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y máxima publicidad en el contexto del actual proceso de Revocación de Mandato cuya jornada será en próximo 10 de abril.







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