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Regularán eutanasia en Ecuador

  • Información 25
  • 7 ago 2024
  • 2 Min. de lectura

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La eutanasia es un procedimiento aprobado en Ecuador, y la Defensoría del Pueblo de Ecuador elaboró un proyecto de ley para regularla.


Más aún, ofrecerá a niños y adolescentes la opción de acceder a una muerte asistida, siempre y cuando la persona enferma tenga pronóstico de salud grave, incurable o lesión irreversible.


Esto dijo el coordinador General de Protección de Derechos Humanos y de la Naturaleza de la Defensoría del Pueblo del país sudamericano, Rodrigo Varela.


El funcionario señaló en la televisora Ecuavisa  que la propuesta se desarrolló tras la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó la eutanasia en febrero pasado y tiene 59 artículos que evaluará la Asamblea Nacional.


El proyecto se elabora luego que el Ministerio de Salud emitiera el reglamento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y voluntaria, y busca regular los roles que tendrán en el proceso de solicitud de eutanasia, pacientes, familiares, personal médico, y métodos para aplicar las dosis de fármacos con los que se realizará la muerte asistida.


Más aún sin, cada caso deberá ser tratado por comités destinados para estos procesos que estarán en los centros de salud.


Varela mencionó que lo más importante es el diálogo en el seno del núcleo familiar, que es el que decidirá qué va a pasar con el paciente,  niño, niña, adolescente, padre o madre, como ocurrió en el caso de Paola Roldán, quien logró despenalizar la muerte asistida en Ecuador.


Cuando no exista un acuerdo, sobre todo en el caso de niños y padres, el artículo 7 del proyecto de ley establece que las diferencias deberán ser zanjadas por un juez, quien será el encargado de investigar cada caso. 


Los pacientes que deseen este proceso, deberá cumplir con los 14 requisitos vigentes y establecidos por el Ministerio de Salud, entre ellos la valoración médica y psiquiátrica, por ahora.


El articulado fue enviado al parlamento hace más de un mes, y da la oportunidad a personas mayores de 18 años de expresar su deseo ante el Registro Civil de ser pacientes eutanásicos, como ocurre con la donación de órganos. 


Prohíbe a centros de salud privados y públicos, negar el acceso a la muerte asistida, aunque permite la figura de objeción de consciencia para aquellos médicos que no quieran aplicarla.

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