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  • Laura Meléndez

CONAPO debe informar sobre estrategia nacional para prevención del embarazo en adolescentes. INAI


El Consejo Nacional de Población debe informar sobre el Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2018-2024, resolvió el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.


La Comisionada Norma Julieta Del Río Venegas presentó el asunto ante el Pleno y dijo que “México encabeza las tasas de embarazo adolescente entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos con una tasa de fecundidad de 77 nacimientos por cada mil adolescentes de 15 a 19; problema que se exacerbó a causa del confinamiento por la pandemia de COVID-19”


Cifras del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social señalan que entre el 2020 y el 2021se registraron más de 21 mil embarazos adicionales en adolescentes de 19 años o menos, en mujeres que fueron víctimas de violencia sexual y abusos en el ámbito intrafamiliar, mencionó la Comisionada.


Del Río añadió que “se requiere de toda la información pública disponible para permitir el control social de las políticas públicas implementadas para atender el problema y facilitar un entorno de co-creación con la ciudadanía interesada en colaborar con esta solución”.


Una persona hizo 13 requerimientos a la Secretaría General del CONAPO relacionada con la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes, referente a la estructura orgánica que implementó dicha estrategia; cuáles son las campañas anuales; qué presupuesto se asigna para su implementación; las evaluaciones que se han realizado; las organizaciones civiles que colaboran en dicha estrategia; así como el marco normativo que la rigió.


En su respuesta, CONAPO atendió, de forma general, los puntos de la solicitud; pero la persona solicitante se inconformó con la respuesta en 2 puntos: solicitó el programa de trabajo 2018-2024 y solo le indicaron objetivos, metas, algunos componentes y prioridades. También solicitó el programa de trabajo correspondiente a la población indígena, y CONAPO informó que no hay programa de trabajo enfocado en población indígena.


El agravio del particular resultó procedente ya que impugna la declaración de inexistencia de la información solicitada, así como de la entrega de información que no corresponde con lo que solicitó. En alegatos, la Secretaría General del CONAPO reiteró su respuesta inicial y defendió la legalidad de ésta.


El INAI determinó modificar la respuesta de la Secretaría General del Consejo Nacional de Población y le instruyó que realice una nueva búsqueda de la información requerida y la entregue al particular.


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