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Secretaría y Banco del Bienestar deben informar monto entregado a beneficiarios de programas

  • Información 25
  • 4 ago 2022
  • 2 min de lectura

Mediante 2 recursos de revisión, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales instruyó a la Secretaría y al Banco del Bienestar a asumir competencia y dar a conocer el monto total entregado a beneficiarios de programas sociales entre enero de 2018 y el 17 de mayo de 2022.


En el primer asunto presentado ante el Pleno por la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, una persona solicitó a la Secretaría de Bienestar dar a conocer cuánto dinero se ha entregado en programas sociales a través del Banco del Bienestar para los años 2018, 2019, 2020, 2021 y hasta el 17 de mayo de 2022.


En respuesta, la dependencia informó que opera los programas Pensión para el Bienestar de las personas con Discapacidad Permanente, Pensión para el Bienestar de las personas Adultas Mayores y el Programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras; sobre este último comunicó los datos registrados en el Sistema Integrado de Compras Públicas, del 23 de septiembre de 2020 al 1 de marzo de 2022.


Asimismo, sugirió a la solicitante presentar su petición al Banco del Bienestar, razón por la cual se inconformó y presentó recurso de revisión ante el INAI.


Al analizar el caso, se determinó que la respuesta otorgada por la Secretaría del Bienestar fue imprecisa, pues solo se entregaron datos del Programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, pero no abarcan todo el periodo indicado, además de que la dependencia cuenta con distintas unidades administrativas con facultades para conocer de lo requerido, y se concluyó que tanto la dependencia como el Banco del Bienestar son competentes para conocer cuánto dinero se ha entregado en programas sociales en los años referidos..


Del Río Venegas destacó la necesidad de acceder a información sobre el manejo de recursos públicos destinados a programas sociales, ya que, desde 2018 a la fecha, el presupuesto asignado para la política social ha tenido incrementos significativos.


En el segundo asunto, a cargo de ponencia de la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, el Banco del Bienestar se declaró incompetente para conocer el total de recursos públicos que fueron entregados a beneficiarios de programas sociales, de 2018 al 12 de mayo de 2022, ya sea en efectivo, tarjeta u otro documento de valor monetario. Inconforme con esa respuesta, la persona solicitante presentó un recurso de revisión.


En el análisis del caso, se advirtió que, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, esta institución es la encargada de distribuir y reportar los recursos de programas sociales de dependencias y entidades conforme a la normatividad aplicable y las reglas de operación respectivas.

Además, se advirtió que es el principal dispersor de recursos de programas sociales del gobierno federal, por lo que se determinó que el Banco del Bienestar es competente para conocer la información requerida.


Ante ello, el Pleno revocó la respuesta del sujeto obligado, a efecto de que asuma competencia y dé a conocer los datos de interés de la persona solicitante.



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