Se mantiene Contingencia Ambiental en el Valle de México
- Información 25
- hace 2 horas
- 2 Min. de lectura

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la emisión de contaminantes.
El Sistema de Monitoreo Atmosférico informa que, derivado de la revisión de modelos de pronóstico meteorológico y de calidad del aire, se observa que el sistema de circulación anticiclónica mantiene su influencia en el centro del país, la estabilidad atmosférica seguirá siendo moderada a fuerte y la radiación solar será intensa y continua sobre el Valle de México.
Asimismo, la temperatura incrementará rápidamente en horas del día, alcanzando la máxima entre los 28 y 29 Celsius. Estas condiciones en conjunto con el viento débil y limitada ventilación atmosférica, favorecerán la formación y acumulación del ozono, por lo que se estima calidad del aire Mala a Muy Mala.
Se recuerda a la población que este miércoles 11 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 o 4.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los permisos de circulación, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.






Comentarios