El Instituto Nacional Electoral acordó la restitución de Edmundo Jacobo Molina como su secretario ejecutivo.
Blanca Lobo Domínguez, jueza décimo segunda de distrito en Materia Administrativa, determinó la restitución de Molina, luego de darle razón en el juicio de amparo que presentó contra el artículo 17 de la reforma electoral, conocida como "Plan B", que estipulaba la desaparición de su cargo.
La magistrada resolvió que no procedía el cese y Jacobo va a regresar a la silla que ocupa desde hace varios años y seguirá cobrando.
El orden indica que se le restituya a Jacobo de manera provisional "en el goce de sus derechos y prerrogativas propias de su encargo, así como para que siga ejerciendo sus funciones como secretario ejecutivo del INE".
La medida judicial solo aplica para la restitución del puesto, y no de las funciones previstas antes de la reforma electoral conocida como Plan B, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con el dictamen de la jueza, "se concede la suspensión definitiva, para que la parte quejosa continúe en el cargo que ostenta como titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.
Así como para que las autoridades responsables se abstengan de cesarla o destituirla de sus funciones con motivo de la publicación de la norma reclamada".
Se añade que..."en la inteligencia de que la concesión de la medida únicamente incide en su permanencia en el cargo, no así en cuanto a la manera en que deberá llevar a cabo sus atribuciones, ya que para ello debe apegarse al marco legal vigente ".
Por su parte, y en un comunicado, el INE repuesta que, en sesión extraordinaria del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina reasumió la Secretaría Ejecutiva, después de que un juzgado de distrito en materia administrativa otorgó una suspensión definitiva en el Juicio de Amparo promovido por el funcionario tras su remoción.
Dicho Juicio de Amparo fue promovido por Jacobo Molina en contra de actos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de otras autoridades por considerarlos violatorios de derechos fundamentales previstos en diversos artículos de la Constitución.
El Juzgado concedió la suspensión definitiva a Edmundo Jacobo Molina para que “se mantengan las cosas en el estado en el que se encontraban antes de la emisión y publicación” del decreto de reforma electoral en el Diario Oficial de la Federación el pasado 2 de marzo.
Es decir, para que continúe en el cargo que ostenta como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, “así como para que las autoridades responsables se abstengan de cesarlo o destituirlo de sus funciones con motivo de la publicación de la norma reclamada”, hasta que se resuelva sobre el fondo del asunto.
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