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  • bambarito59

Ordena INE al Ejecutivo Federal eliminar o modificar publicaciones de mañanera del 9 de abril


La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral conoció seis medidas cautelares solicitadas por diversos partidos, por posible vulneración al principio de equidad e imparcialidad en la contienda, promoción personalizada y uso indebido de la pauta, así como una medida cautelar relacionada con los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales, en el marco del Proceso Electoral Federal 2024.


Destaca de nueva cuenta la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador.


Los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, denunciaron al Titular del Ejecutivo Federal, a diversas personas servidoras públicas estatales y federales, al partido MORENA, así como a su candidata a la Presidencia de la República, por las manifestaciones realizadas en la conferencia matutina del 9 de abril de 2024.


Según los quejosos, se difunden logros de gobierno y propaganda electoral en periodo prohibido, buscando influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.


La Comisión resolvió que es procedente el dictado de las medidas cautelares solicitadas porque del análisis preliminar al contenido de la conferencia denunciada, se advirtió que las personas funcionarias públicas realizaron manifestaciones que podrían tener contenido de propaganda gubernamental y derivar en una afectación a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del Proceso Electoral Federal en curso.


Por ello, se le ordenó al presidente López Obrador realizar las gestiones necesarias para eliminar o modificar, de cualquier plataforma oficial, las publicaciones que contengan los audiovisuales y/o versiones estenográficas del evento mencionado.


Asimismo, la Comisión consideró oportuno reiterar al Ejecutivo Federal abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, así como de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41 constitucional, Base III, apartado C, y 21 de la Ley General de Comunicación Social.


El mismo señalamoemto se hizo a las personas servidoras públicas denunciadas, en el sentido de que tienen un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que emiten, para evitar alguna afectación a los principios de neutralidad e imparcialidad en el proceso electoral en curso.


De igual manera, se declaró improcedente el dictado de medida cautelar respecto de la solicitud de suspensión de la difusión de las conferencias de prensa matutinas conocidas como “Mañaneras”, ya que para determinar el retiro, modificación o eliminación de una conferencia de prensa matutina es necesario analizar las particularidades de las manifestaciones o expresiones motivo de inconformidad, a la luz de las infracciones que, en su caso, le pudieran atribuir y no de forma genérica.


En otro asunto, el PAN denunció a la Gobernadora de Campeche, Layda Sansores, por la difusión de diversas publicaciones en las redes sociales de la servidora pública en las que, a juicio del partido político denunciante, se promueve y promociona a la candidata a la Presidencia de la República por la coalición “Sigamos Haciendo Historia”, con lo cual se podría vulnerar la neutralidad y la equidad de la contienda.


El colegiado consideró procedente el dictado de las medidas cautelares pues, de forma preliminar, la Gobernadora de Campeche realizó manifestaciones que podrían incidir en el ánimo de la ciudadanía, en el contexto del Proceso Electoral Federal en curso, por lo que deberá realizar las acciones necesarias para eliminar o modificar el material objeto de análisis.


Asimismo, se negó la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta, no obstante, la Comisión consideró oportuno reiterar a la mandataria estatal abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

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