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  • bambarito59

Normal: reconoce INAI fallo de la Corte sobre anulación del Plan B


El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales reconoce en un comunicado, el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que declara la invalidez de la totalidad del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El decreto, conocido como “Plan B” en materia electoral, fue publicado el 2 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, y el INAI detectó que diversas disposiciones, específicamente, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos, podrían vulnerar los derechos de protección de datos personales y de acceso a la información, previstos en los artículos 16 y 6º de la Constitución mexicana, respectivamente.

Entre los conceptos de invalidez identificados por el Instituto en tales leyes, destacan:


**Introducción de la figura del “flujo de información institucional”, que permite que toda información disponible sea consultada por organismos públicos y partidos políticos, incluso aquella clasificada como reservada o confidencial.

**Inscripción de personas mexicanas que residan en el extranjero en el Padrón Electoral, sin la necesidad de contar con credencial para votar y por validación de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que vulnera el deber de seguridad de los datos personales.

**Intervención de la SRE en el alta de ciudadanos en dicho padrón, que vulnera principios de finalidad, seguridad, licitud y seguridad jurídica

**Previsión de que el tratamiento indebido de datos personales no dará lugar a sanciones, como es el caso de un ciudadano afiliado a un partido político sin su consentimiento, que implica una potencial vulneración de los principios de responsabilidad y calidad, y hace nugatorias las atribuciones del INAI


Ante ello, el 31 de marzo pasado, el INAI interpuso acción de inconstitucionalidad, discutida y analizada este jueves por el Pleno de la Corte, en conjunto con otras acciones promovidas por partidos políticos, diputados y senadores del Congreso.


Por mayoría de votos, la SCJN declaró la invalidez de la totalidad del decreto, argumentando vicios en el procedimiento legislativo, entre otras cuestiones, por la falta de motivación de las dispensas de trámite aprobadas por la Cámara de Diputados; la falta de publicación y distribución de la iniciativa, así como de un plazo razonable para discutir y aprobar el contenido, y su modificación indebida en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara Baja.


El Pleno del INA destaca el compromiso de la SCJN para respetar y hacer valer la Constitución, así como los derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales.


...pero siguen sin poder sesionar.


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