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Invalida SCJN primera parte de Plan B electoral aprobado en el Congreso

  • Información 25
  • 8 may 2023
  • 3 min de lectura

Actualizado: 8 may 2023


Se cumplió lo que se esperaba que asumiera la Corte sobre la llamada primera parte de la reforma electoral conocida como Plan B.


Por mayoría de 9 votos de sus 11 integrantes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la invalidez del primer decreto de reformas político-electorales aprobadas por el Congreso de la Unión en diciembre de 2022.


A favor del proyecto que invalidaba la reforma lopezobradorista se pronunciaron, Alberto Pérez Dayán (ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potise y Norma Lucía Piña Hernández.


En contra del proyecto de Pérez Dayán, votaron Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf El mismo fue objeto de una impugnación por los partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, así como por el Partido Político de Jalisco denominado Hagamos e integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión. Según los magistrados, del análisis sobre la constitucionalidad del procedimiento legislativo correspondiente, 9 coincidieron en que el Congreso trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal. Se determinó la invalidez de las reformas a las Leyes Generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, por violaciones al procedimiento legislativo, particularmente, al principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a las minorías parlamentarias. La Corte resolvió que, en el caso, se violó el procedimiento legislativo, principalmente, por las siguientes razones: 1) Falta de publicidad en la Gaceta Parlamentaria con el tiempo debido y, por ende, la falta de conocimiento de las iniciativas, pues las y los legisladores tuvieron noticia durante el desarrollo de la sesión. 2) No se observaron los demás criterios definidos en los Reglamentos de las Cámaras de Diputados y de Senadores para el trámite de iniciativas ordinarias, como establece el artículo 72 constitucional. 3) No se acreditaron las condiciones establecidas en los Reglamentos de la Cámara de Diputados y de Senadores, así como en diversos criterios reiterados de la Corte, para calificar las iniciativas como de urgente u obvia resolución y, con ello, dispensar trámites legislativos; es decir, que existan: a. Determinados hechos que generen una condición de urgencia en la discusión y aprobación de una iniciativa de ley o decreto; b. Que tales hechos necesariamente generen la urgencia en la aprobación de la iniciativa de ley o decreto de que se trate, pues de hacerse así, ello traería consecuencias negativas para la sociedad; y c. Condición de urgencia que evidencie la necesidad de que se omitan ciertos trámites parlamentarios, sin que se traduzca en afectación a principios democráticos. Esta decisión se suma a los precedentes de la Corte, en los que ha determinado la invalidez de normas generales por violación al procedimiento legislativo. Según la Corte, ha resuelto, desde hace más de 15 años y en más de 30 ocasiones, que el procedimiento legislativo definido en la Ley Fundamental es la base del régimen democrático y no un mero formalismo, ya que exige que el órgano legislativo observe y proteja los principios de legalidad, representatividad y democracia deliberativa. En su cuenta de Twitter el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, dijo sobre la resolución de este lunes que el pueblo mexicano busca recuperar la confianza en sus instituciones, pero la @SCJN decidió seguir protegiendo intereses particulares. Añadió que "9 ministros pasaron por encima de la voluntad democrática expresada por los representantes populares", y que ante esto, "no hay de otra: Plan C en las urnas.


La determinación de los ministros fue celebrada por dirigentes opositores, varios periodistas y analistas, exconsejeros electorales y otros personajes de la sociedad civil.

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