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  • bambarito59

Debe informar Banco del Bienestar lo pagado a bancos comerciales por dispersiones a tarjetas Bienestar



El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales instruyó al Banco del Bienestar entregar la expresión documental del monto pagado a las instituciones bancarias comerciales que realizaron las dispersiones a tarjetas del bienestar, del 2018 a noviembre de 2023.


“El recurso que presento ante el Pleno se destaca por dos razones: una, es el vínculo entre el Banco del Bienestar y la banca comercial como medio para poner a disposición las dispersiones de recursos a las tarjetas del Bienestar; y la segunda, es el crecimiento del Banco como la principal entidad financiera para la entrega de los programas sociales”, señaló la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.


Al exponer el asunto ante el Pleno, la Comisionada del INAI refirió que el Bano del Bienestar surgió en junio de 2019 para sustituir al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros. En un inicio, el Banco del Bienestar tuvo que apoyarse en la infraestructura operativa de otros bancos comerciales para operar.


Del Río Venegas mencionó que, recientemente, el titular del Ejecutivo federal señaló que ya operan cerca de 2 mil 200 sucursales del Banco del Bienestar, de las 2 mil 750 que se planea tener para febrero del presente año; así, dijo, será el banco con mayor número de sucursales en nuestro país.


De esta forma, se espera que la red de Bancos del Bienestar pueda dispersar cerca de 800 mil millones de pesos al año, cantidad considerable que estará sujeta a solicitudes de información como la que hoy se resuelve.


Una persona solicitó al Banco del Bienestar conocer el monto pagado a las instituciones bancarias comerciales que realizaron dispersiones a tarjetas del bienestar desde 2018 hasta la fecha de la solicitud (16 de noviembre de 2023).


En respuesta, Banco del Bienestar se declaró incompetente para responder la solicitud e indicó al particular que podría dirigir su solicitud a las dependencias responsables de la ejecución de los programas sociales que realizan el reparto de los montos de los programas.


La persona recurrente presentó un recurso de revisión ante el INAI, y en los alegatos, el sujeto obligado reiteró su respuesta inicial de incompetencia.


En el análisis del casopor la ponencia de la Comisionada del Río Venegas, se calificó como fundado el agravio de la persona recurrente, al considerarse que el sujeto obligado sí es competente para conocer de lo requerido, si se toma en cuenta que entre las funciones del sujeto obligado se encuentra la dispersión de recursos para suministrar subsidios y programas de dependencias y entidades.


La Comisionada agregó que, acorde a su estado de resultados financieros, en el tercer trimestre de 2023, el banco reportó ganancias de 402 millones de pesos, lo que representa una reducción del 65% respecto al mismo periodo del 2022, mientras que, en el segundo trimestre del 2023, había presentado pérdidas por cerca de 600 millones de pesos. Señaló que estas fluctuaciones en sus ganancias se entienden a la par de la cartera vencida de préstamos y pagos de intereses, así como en los gastos de administración y promoción que ha realizado la institución.


Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Banco del Bienestar y le instruyó que asuma competencia y entregue los archivos con los que cuente, para respaldar las dispersiones a tarjetas del bienestar en el periodo solicitado


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