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  • bambarito59

Críticas de Salud a resolución de la Corte sobre vapeadores


La Secretaría de Salud manifiesta su profunda preocupación y discrepa por el aval de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al declarar inconstitucional el Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas.


Denuncia salud a Segunda Sala de la SCJN ha sentado un precedente inaceptable contra la salud de la población en general, y más grave, en contra de la salud de niñas, niños y adolescentes, al resolver el amparo en revisión y aprobar el proyecto de sentencia que proponía otorgar el amparo y protección a una persona moral en contra del decreto, alegando que violenta su derecho a la libertad de comercio, dándole un valor superior sobre el derecho a la salud y, omitiendo obligaciones constitucionales, y compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano.


El Gobierno de México ha implementado diversas acciones de política pública para reducir los efectos de la comercialización de productos que afectan la salud.


El 22 de octubre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que prohíbe la importación de dichos productos denominados novedosos y emergentes, frente al riesgo a la salud que puede provocar a la población. El 31 de mayo de 2022, se publicó el decreto por el que se prohíbe su circulación y comercialización en el territorio de la República mexicana.


En los resultados de la Encuesta Global de Tabaquismo en Adultos 2023, se dio a conocer que 90.5% de la población respalda las leyes que prohíben fumar en lugares públicos y de trabajo.


La Segunda Sala de la Corte no tomó en consideración que la máxima autoridad sanitaria a nivel internacional, la Organización Mundial de la Salud ha respaldado la prohibición de su importación, venta y distribución como máxima medida regulatoria.


El organismo internacional otorgó a nuestro país el Premio Anual de la OMS por el Día Mundial sin Tabaco, y señaló a México como un referente para otros países de la región de las Américas, en cuanto a la instrumentación de una política pública efectiva para desalentar el consumo de tabaco, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares.


Empresas productoras y comercializadoras promueven estos dispositivos a través de publicidad engañosa, la cual debe ser considerada factor clave de la prohibición, puesto que la industria del vapeo y sus asociados difunden la falsa creencia de estos nuevos productos son de “bajo riesgo o riesgo reducido”, generando percepción errónea entre la población, especialmente entre los más jóvenes.


La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios el contenido de los insumos producidos por la industria del vapeo y encontró dimetil éter, una sustancia altamente inflamable; linalol, usado como insecticida contra moscas y cucarachas, entre otras sustancias altamente perjudiciales para la salud de las personas


La Secretaría de Salud refrenda el compromiso de dar cumplimiento a la protección de la salud de la población en general, y reitera que los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, son indudablemente dañinos y su prohibición es legalmente constitucional

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