
Con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas en la ZMVM, publicados por los Gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que a las 17:00 horas del día de hoy, se registraron concentraciones máximas de ozono de 157ppb en la estación Tlalnepantla (TLA), ubicada en el Municipio de Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Este miércoles, un sistema de alta presión sobre la porción oriente del Valle de México, ocasionó viento con intensidad ligera y dirección variable, lo que ha prevalecido durante el día, que en combinación con radiación solar intensa, favoreció la acumulación de los precursores de ozono para la formación del contaminante. Por lo anterior y con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplican en la Zona Metropolitana del Valle de México, SE ACTIVA LA FASE 1 DE CONTINGENCIA AMBIENTAL POR OZONO, con el
objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes.
El jueves 27 de febrero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
Vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0.
3. Vhículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques
estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR. 6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:0 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas..
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