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Aclara CNDH comunicado de Migración sobre cierre de Estancias Provisionales

  • Información 25
  • 14 may 2023
  • 2 min de lectura

En un comunicado relacionado con la decisión adoptada por el Instituto Nacional de Migración el 10 de mayo, donde suspendió temporalmente la operación de 33 estancias provisionales tipo “A” y “B” en el país, en tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos concluye sus visitas de supervisión a las instalaciones y rinde un informe, la CNDH hizo una precisión.


Aclara que la realización del Informe Especial se lleva a cabo sin perjuicio de funciones, atribuciones y responsabilidades que el INM debe mantener para otorgar alojamiento digno y seguro para las personas migrantes, en las estaciones migratorias y estancias provisionales con que cuenta.


Dice que continuará con las visitas de verificación a estaciones migratorias y estancias provisionales para la emisión, del informe especial correspondiente, al tiempo que hace un llamado a Migración para que los procedimientos administrativos migratorios de las personas migrantes que se encuentren bajo su custodia, se realicen de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley de Migración y su Reglamento, así como en la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.


Lo anterior, garantizando el respeto a los derechos humanos, entre ellos, el derecho al debido proceso de migrantes que transitan por nuestro país, evitar que sean sometidas a resoluciones de deportación o retornos irregulares.


Recuerda la CNDH que el artículo 1 Constitucional establece que las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que México sea parte, así como las garantías para su protección, que no podrán restringirse ni suspenderse, salvo en casos previstos en la Constitución.


Mas aún, en los artículos 106 y 107 de la Ley de Migración, se reconocen derechos de migrantes en los recintos migratorios del INM, autoridad que debe garantizar condiciones dignas de alojamiento, asistencia médica, psicológica y jurídica; requerimientos alimentarios, calidad de los alimentos; tener separados a hombres y mujeres con medidas que aseguren la integridad física de las personas extranjeras; tener instalaciones adecuadas que eviten el hacinamiento; espacios de recreación deportiva y cultural, entre otras.

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