La Comisión Nacional de Derechos Humanos dirigió una Recomendación a la Secretaría de Gobernación, a la encargada del despacho de la Cancillería y al comisionado del Instituto Nacional de Migración por violaciones a derechos humanos, trato digno, vida e integridad y seguridad personal, atribuible a elementos del INM en agravio de 67 migrantes de quienes 40 fallecieron y 27 resultaron con lesiones en la estancia migratoria de Ciudad Juárez.
De acuerdo con la CNDH, en el caso ocurrido el 27 de marzo de 2023, a esos 67 migrantes del sexo masculino no se les garantizó una estancia digna y de respeto a sus derechos humanos, y el personal de Migración omitió ofrecer condiciones adecuadas para hacer frente a sus requerimientos básicos, así como salvaguardar vida e integridad y seguridad personal.
Por otro lado, se acreditó responsabilidad de Gobernación, quien tiene la atribución de formular y conducir la política migratoria y de movilidad humana, y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que a través de la Comisión Intersecretarial de Atención Integral en Materia Migratoria, cuenta con funciones de coordinación de políticas, programas y acciones de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la administración pública federal en materia migratoria.
La Comisión Nacional solicitó a la titular de Gobernación que, dentro del diseño de la política migratoria y de movilidad humana, establezca acciones para reforzar la protección y seguridad de las personas migrantes, que garanticen respeto a sus derechos humanos y la no repetición de hechos como los que son materia de análisis en la recomendación.
Por lo que hace a la encargada del despacho de la Cancillería, se recomendó impulsar una coordinación en materia migratoria, que comprenda acciones que garanticen la seguriad y el respeto a los derechos humanos de las personas migrantes, además de establecer mecanismos que garanticen una política migratoria y el respeto a los derechos de personas en situación de movilidad en territorio nacional.
Al comisionado de Migración, se le pide colaborar ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de fallecidos, lesionados y sus familias, y una vez se emita el dictamen proceda a la reparación integral del daño a las 67 víctimas y sus familiares.
Además, debe colaborar en la integración de las Causas Penales radicadas a fin de que se investiguen y determinen responsabilidades en agravio de fallecidos y lesionados; coadyuve con autoridades investigadoras en el seguimiento del Expediente iniciado por los hechos; e instruir a quien corresponda para que en el plazo de 2 meses contados a partir de la aceptación de esta Recomendación, se realicen visitas a estaciones migratorias y estancias provisionales en Chihuahua, a efecto de reportar la situación física e identificar adecuaciones necesarias para garantizar que cumplan los programas en materia de protección civil.
Finalmente, en un plazo de 6 meses contados a partir de la aceptación de esta Recomendación, se impartan capacitaciones en protección civil, así como un curso sobre derechos humanos, protección de la vida, trato digno y a la integridad personal de migrantes que se encuentren sujetas a procedimientos administrativos migratorios, dirigidos a personas adscritas a la Oficina de Representación del INM en Chihuahua, así como al personal de la Empresa que se encuentre prestando sus servicios en oficinas del Instituto Nacional de Migración, para prevenir hechos similares a los del presente caso.
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