Los virus respiratorios están generando preocupación en España a tal grado que el Ministerio de Sanidad ha decidido imponer desde mañana miércoles 19 de enero, el uso obligatorio del cubrebocas en centros sanitarios de todo el país.
Esto será posible mediante una declaración de actuaciones coordinadas para igualar la protección frente a los virus respiratorios de todos los ciudadanos y amparar jurídicamente a comunidades que ya lo implantaron.
Esto aseguran a la agencia Efe fuentes del departamento sanitario, que especifican que la decisión se toma en base al artículo 65 de la ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, que regula la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública y que “obliga a todas las partes” incluidas.
Mañana acaba el plazo para que las autonomías analicen la propuesta que les mandó el Ministerio para retomar el uso obligatorio de cubrebocas en centros sanitarios, que han aceptado Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón, Murcia y, desde mañana, Canarias y Asturias.
El resto favorece un uso recomendado del cubrebocas y así se lo han hecho saber a la ministra durante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Sin embargo, la declaración de actuaciones coordinadas implica que ellas también deban imponerla.
La intención de Sanidad es unificar la protección de ciudadanos.
independientemente de la comunidad en la que vivan, además de dar soporte jurídico a las comunidades que sí que han optado por hacerla obligatoria en centros de salud y hospitales.
Esta fórmula ya se utilizó durante la pandemia de covid-19 para aplicar restricciones como limitaciones horarias de la hostelería, cerrar el ocio nocturno o prohibir fumar en la calle una vez las comunidades recuperaron sus competencias al acabar el estado de alarma.
De acuerdo con la ley, la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponde al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, “en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se le informará de manera urgente de las medidas adoptadas”.
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