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  • Laura Meléndez

Piden IMSS y STPS a empleadores reconocer Permiso COVID como incapacidad temporal para trabajo


El Instituto Mexicano del Seguro Social y la Secretaría del Trabajo requirieron a las y los empleadores reconocer el Permiso COVID como incapacidad temporal para los trabajadores registrados ante el Instituto que presenten síntomas respiratorios.


El Permiso tiene efectos legales y administrativos equiparables a una incapacidad temporal, al tramitarlo por parte de los trabajadores se permite romper cadenas de contagio de COVID-19 en los centros laborales.


Desde el 10 de enero al corte del 3 de febrero a las 08:30 horas se han otorgado 314 mil 789 permisos; éste puede solicitarse a través de la aplicación IMSS Digital y del sitio web oficial del Seguro Social http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso.


A pesar de los avances, hay centros de trabajo que se niegan a recibir el Permiso COVID, por lo que ambas dependencias llaman a la solidaridad de los empleadores con las y los trabajadores.


A la comunidad trabajadora, le recordaron la importancia de no acudir a los centros laborales o reuniones sociales si tienen síntomas compatibles con COVID-19, para no ser un riesgo de potencial contagio para otras personas.


Con el Permiso, el trabajador obtiene su incapacidad y, en su caso, el pago correspondiente en su cuenta bancaria, de manera fácil, rápida y sin necesidad de traslados para cobrar el subsidio, lo cual ayuda a evitar salidas, aglomeraciones y cumplir con el resguardo domiciliario.


La duración de este permiso es de siete días para derechohabientes con síntomas y de cinco días para personas asintomáticas que tienen prueba positiva, y otorga al trabajador que cumple con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social un subsidio económico equivalente al 60 por ciento de su salario registrado ante el IMSS a partir del cuarto día de incapacidad.


La versión de este Permiso, en comparación a la versión anterior que habilitó el Instituto, tiene como característica que es opcional adjuntar el resultado de una prueba positiva.


Para solicitar el Permiso COVID, la o el trabajador deberá agregar su CURP, Número de Seguridad Social, Código Postal y dar clic en “Iniciar” para responder los cuestionarios sobre síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes.


Posteriormente, el sistema le pedirá ingresar información complementaria: número telefónico de contacto y si cuenta con prueba de enfermedad respiratoria, aunque ésta no será condicionante para el otorgamiento del Permiso COVID..


Para finalizar la solicitud, deberá proporcionar un correo electrónico y la cuenta CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente; al obtener el Permiso COVID-19 deberá notificarlo a su patrón con el fin de justificar la ausencia en su centro laboral.


En caso de que las personas contagiadas desarrollen síntomas más graves o molestias de la enfermedad durante la incapacidad de siete días, deberán acudir a atención médica o llamar al 800 2222 668, a fin de prevenir complicaciones


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