top of page

Ministra Lenia Batres no podrá participar en análisis de amparo de Salinas Pliego sobre adeudo de impuestos

  • Información 25
  • 12 mar 2025
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 13 mar 2025

Ministra Lenia Batres Guadarrama
Ministra Lenia Batres Guadarrama

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó por unanimidad que la Ministra Lenia Batres Guadarrama está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión, cuyo quejoso es Ricardo Benjamín Salinas Pliego.


Se trata del dueño de TV Azteca y quizás el mayor evasor fiscal del país.


Previa audiencia de la Ministra interesada en la que Batres pudomanifestar en su escrito lo que a su derecho convino, la Sala consideró fundada la recusación por falta de objetividad, en tanto la ley establece que ese supuesto se presenta cuando hay enemistad manifiesta con relación a una de las partes.


Según la Corte, es público y constan en el expediente varias manifestaciones expresadas por la Ministra Lenia Batres en su cuenta de X “@LeniaBatres”, destacando estas:



• “http://Las operaciones de Ricardo Salinas Pliego en los paraísos fiscales de Luxemburgo, Malta y Barbados proceso.com.mx/510069/las-ope...”; 10:19 a.m. 9 nov. 2017.


• “Mientras Salinas Pliego regala dinero en Twitter, TV Azteca despide decenas de personas revolucintrespuntocero.mx/?p= 11:16 a.m. 25 nov. 2020


• “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano” 9:03 p.m. 20 abr. 2020.


• “Nuevas formas de golpismo, no contra la autoridad, sino contra la sociedad misma. A

Salinas Pliego le preocupa una sola cosa: su negocio. MISERABLE MISERABLE MISERABLE” 1:20 a.m. 18 abr.2020.


• “Televisa y TV Azteca, los ganones de la reforma… RAYUELA Las carcajadas de

Azcárraga Jean y Salinas Pliego se oyen con fuerza más allá de nuestras fronteras” 8:15

a.m. 31 mar. 2014.


• “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo

el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE #RetiroDeConcesiónATVAzteca”.1:45 a.m. 18 abr 2020.


Para la Segunda Sala, el principio de justicia imparcial, contenido en el segundo párrafo del artículo 17 constitucional, establece el derecho que toda persona tiene de que se les administre justicia de manera pronta, completa e imparcial, y se entiende como el deber que tienen los juzgadores de ser ajenos a los intereses de las partes dentro de una controversia y de resolverlo sin favorecer o perjudicar indebidamente a ninguna de ellas.


Según los ministros que cada vez que pueden obstaculizan u operan en favor del sueño de TV Azteca en su negativa a pagar impuestos, usar calificativos y connotaciones despectivas sobre la forma en que se expresó del quejoso, resultó razón suficiente para estimar que Batres se encuentra impedida para conocer del amparo en revisión, y, por tanto, la Segunda Sala calificó de legal el impedimento que se plantea.

Comentarios

Obtuvo 0 de 5 estrellas.
Aún no hay calificaciones

Agrega una calificación
logotipo.png
dia del niño 2.png
lo footer.png

Noticias desde un punto de vista objetivo

Contáctanos: contacto@lacarpa.com.mx

Teléfono: 55 5412-3560

  • Blanco Icono de Instagram
  • Facebook
  • Twitter

ENTRADAS POPULARES

© 2021  La Carpa | Todos los derechos reservados. |  Hecho por Akky

bottom of page