El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), determinó sancionar a Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) por haber incurrido en una práctica monopólica relativa prevista en los artículos 54 y 56, fracción VIII, de la Ley Federal de Competencia Económica.
La conducta imputada consistió en el otorgamiento de descuentos, incentivos o beneficios a un canal de distribución indirecto con el requisito de no comercializar el paquete de equipos celulares con tarjetas SIM y recargas de saldo de agentes económicos competidores de Telcel, en los estados de Michoacán, Colima y Jalisco.
Esta conducta afectó a los consumidores, pues restringió sus opciones para adquirir paquetes de equipo terminal móvil y tarjeta SIM, así como para realizar recargas, de proveedores distintos a Telcel, en ese canal de distribución.
Por ello, el Pleno del IFT determinó aplicar una sanción por 90 millones 659 mil 701 pesos con 72 centavos, y le ordenó la supresión y corrección de la práctica.
La sanción impuesta deriva de una investigación iniciada por la Autoridad Investigadora del Instituto en enero de 2021, misma que dio lugar a la emisión de un Dictamen de Probable Responsabilidad por la misma autoridad en noviembre de 2023.
Con dicho dictamen se emplazó a Telcel al procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual pudo ejercer plenamente su garantía de audiencia y oportunidad de defensa.
Esta resolución se toma con base en las facultades de autoridad de competencia económica que tiene el IFT y es una muestra más de la importancia de contar con facultades para sancionar prácticas contrarias al proceso de competencia económica y libre concurrencia, con la finalidad de que las y los mexicanos cuenten con más y mejores servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, de mayor calidad y a menores precios.
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