
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó por notoriamente
improcedente el impedimento que presentó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal en contra el ministro Javier Laynez Potisek, para conocer como instructor de la acción de
inconstitucionalidad que presentó una minoría de integrantes del Senado, que
impugna el decreto del 27 de octubre de 2023, en el que se establece que no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al de mejoramiento de la administración de justicia.
El ministro Laynez Potisek consideró que los impedimentos no se pueden plantear en acciones de inconstitucionalidad ni en controversias constitucionales, debido a que dicha figura no está prevista por la Ley Reglamentaria, a diferencia de otros juicios y procedimientos.
Recordó que la Corte ha permitido de manera “muy excepcional el procedimiento de algunos impedimentos”, pero han sido a petición de alguna ministra o ministro, a razón de que antes de llegar a este Tribunal.
se participó directamente en la discusión, aprobación, redacción y, a veces, hasta aprobación, de una disposición de carácter general, pero este no es el caso.
Argumentó que por estas razones, no se considera impedido, y que le parece que no procede el impedimento; además de que, dijo, , no considera, en absoluto afectada la objetividad.
Esto pese a que será juez y parte porque es uno de los presuntos afectados por la decisión del poder legislativo en el sentido de eliminar los fideicomisos.
Por unanimidad, los ministros integrantes de La Corte votaron por desechar la petición, al ser notoriamente
improcedente el impedimento hecho valer por la Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, para que el Ministro Javier Laynez Potisek se abstenga de conocer de la acción de inconstitucionalidad.
Con esto, puede darse por descontado el sentido del dictamen que propondrá al respecto.
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