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  • bambarito59

INE debe revelar nombres de analistas que evaluaron sistema de voto por internet


El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales instruyó al Instituto Nacional Electoral dar a conocer los nombres completos de las y los analistas o consultores que realizaron la evaluación técnica del Sistema de Voto por Internet. Esta determinación fue emitida en acatamiento a la ejecutoria del Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en el expediente de amparo en revisió, mediante la cual ordenó al INAI sesionar con la integración actual del Pleno y emitir una nueva resolución del recurso de revisión En esta tercera sesión extraordinaria, celebrada por mandato judicial, el Pleno estuvo conformado por la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las Comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y el Comisionado Adrián Alcalá Méndez. Alcalá Méndez explicó que este amparo está relacionado con una solicitud presentada ante el INE, en la que se requirió documentación sobre el Sistema de Voto por Internet, entre la que destacan los convenios específicos con la Universidad Nacional Autónoma de México para auditar el sistema. En respuesta, el sujeto obligado entregó información. Sin embargo, la persona solicitante se quejó por la clasificación parcial de los convenios e informes elaborados por la UNAM. El 16 de junio del año 2021, el INAI determinó que resultaba procedente la clasificación de la información técnica contenida en los documentos analizados bajo el concepto de seguridad nacional Sobre los nombres de las personas analistas, el órgano garante había resuelto que eran confidenciales por tratarse de datos personales. Ante la determinación adoptada por el Instituto, la persona recurrente promovió un juicio de amparo y promovió un recurso de revisión, en el cual el Poder Judicial ordenó al INAI emitir una nueva resolución. Al analizar el caso nuevamente, el Instituto determinó que dar a conocer información sobre la prueba de seguridad, los informes mensuales y finales, el anexo del contrato y las pruebas de desempeño ocasionaría un riesgo real, demostrable e identificable; ya que afectaría las funciones del INE. Además, la información permitiría identificar puntos tecnológicamente vulnerables, que pudieran ser aprovechados para alterar o dañar la operación y el funcionamiento del sistema, a través de la realización de ataques certeros. Finalmente, en relación con los nombres de las personas analistas, el Comisionado del INAI apuntó que éstos deben ser públicos, ya que suprimir algún tipo de información relacionada con la materia de fiscalización, atentaría contra la transparencia. Por lo expuesto, en esta nueva resolución el Pleno determinó modificar la respuesta del INE y le instruyó dar a conocer los nombres completos de las y los analistas o consultores que realizaron la evaluación técnica del Sistema de Voto por Internet.

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