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bambarito59

Impugnará FGR resolución judicial en favor de Cabeza de Vaca


Luego de que un juez determinó invalidar la orden de aprehensión que existía contra el panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca, por los cargos de delincuencia organizada y lavado de dinero, la Fiscalía General de la República anuncio que va a impugnar.


En una tarjeta informativa, la Fiscalía denuncia que el propósito de combatir delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de ser actos de corrupción implican la comisión de ilícitos penales, se ve afectado por determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y una recta administración de justicia.


Asegura que es el caso de la sentencia de amparo dictada por el Juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas, estado de donde el imputado era hasta hace poco, la máxima autoridad en esa entidad, y en la que se establece dejar sin efectos la orden de aprehensión dictada por un Juez de Control.


Explica la FGR que, luego de que solicitó y obtuvo orden de aprehensión en contra de Cabeza de Vaca, exgobernador de Tamaulipa, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, el juez de amparo emitió sentencia en el juicio, con la que se estima favoreció a dicha persona.


Señala que es más que evidente en la sentencia de amparo aludida, que quien la emite, antes que hacer un análisis de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, y de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión así como de lo alegado por la parte promovente del amparo, se dedica a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, que denotan la organización de hecho por el citado y otras personas para la realización de conductas que llevan a uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


El rol de juzgador se habría transformado en el de un agente de la defensa del imputado, cosa que según la Fiscalía se confirma cuando el juez llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando el primero es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización.


Añade en su tarjeta la Fiscalía que el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación que investigó y judicializó el caso, cuando era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir en calidad de tercero interesado en ese juicio.


Finaliza la FGR asumiendo que ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, se promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió.

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