Fue en Villa de Ayala el 28 de noviembre de 1911, cuando la junta revolucionaria de Morelos encabezada por Emiliano Zapata, Otilio Montaño, Antonio Díaz Soto y Gama, proclama el Plan de Ayala, por el que se desconoce como presidente de la república a Francisco I. Madero por haber traicionado a la revolución
El Plan de Ayala fue una proclamación política, promulgada y firmada por el jefe revolucionario mexicano Emiliano Zapata, dentro de la Revolución mexicana en Axoxuxtla, Puebla. Aunque en el Plan de San Luis sólo consideró la revisión de los juicios sobre la tenencia de la tierra durante el porfiriato, los zapatistas llamaban a las armas para restituir la propiedad de las tierras a los campesinos, pues se sostenía que las tierras habían sido arrebatadas al pueblo por caciques, hacendados y terratenientes, y deberían ser devueltas a sus dueños originarios.
Su lema fue: "Reforma, Libertad, Justicia y Ley".
Según el Plan de Ayala, los campesinos debían presentar sus títulos de propiedad, los cuales en su mayoría eran de tipo comunal y se originaban en el virreinato, títulos que habían sido declarados sin valor bajo las condiciones de la Ley Lerdo que formaba parte de las Leyes de Reforma, por lo que había sido fácil legalmente hablando el despojo de tierras que los comuneros no trabajaban.
El plan fue firmado por Emiliano Zapata y Otilio Montaño. Fue publicado el 15 de diciembre en el periódico Diario del Hogar y el revolucionario del norte, Pascual Orozco, también se adhirió al plan de Ayala en febrero de 1912,
Madero encargó a Victoriano Huerta enfrentar a las tropas de Orozco, quien fue derrotado. Cuando Huerta asumió el poder gracias a un golpe de estado y asesinando a Madero en 1913, Orozco se unió al usurpador y Zapata, indignado por la conducta de Orozco, hizo reformas al plan de Ayala, en las que desconoció a Huerta como presidente y declaró a Orozco traidor a la Revolución.
Como otras facciones participantes en la Revolución, el zapatismo fue modificando los objetivos de su lucha en el transcurso de las acciones bélicas.
La ley agraria zapatista, emitida en 1915, muestra la evolución de este movimiento y en su artículo tercero se estableció que “la nación reconoce el derecho tradicional e histórico que tienen los pueblos, rancherías y comunidades de la República, a poseer y administrar sus terrenos de común repartimiento, y a sus ejidos, en la forma que juzguen conveniente”… El artículo 4o. señaló que “para el efecto de crear la pequeña propiedad, serán expropiadas por causa de utilidad pública y mediante la correspondiente indemnización, todas las tierras del país, con la sola excepción de los terrenos pertenecientes a los pueblos, rancherías y comunidades, y de aquellos predios que, por no exceder del máximo que fija esta ley, deben permanecer en poder de sus actuales propietarios”.
La ley zapatista fue la primera en proponer un límite a la propiedad privada.
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