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  • bambarito59

Analizarán transmisión de mañaneras en medios concesionados durante procesos electorales


La Sala Superior le ordena a la Sala Regional Especializada analizar si concesionarias de radio y televisión violaron la ley electoral al transmitir las mañaneras del presidente de la República, durante procesos electorales

Esto durante los procesos electorales federales y locales del 2020-2021 y 2021-2022. En cuanto a las responsabilidades de las concesionarias de radio y televisión en la retransmisión de las mañaneras del presidente de la República, la Sala Superior resolvió por mayoría de votos, revocar con el fin de que la Sala Regional Especializada analice y determine si dichas retransmisiones se realizaron como ejercicios periodísticos genuinos, y si dichas concesionarias adoptaron medidas para apegarse a la legislación electoral y a los criterios emitidos por este tribunal.

Asimismo, la Sala Superior determinó que las personas titulares del Ejecutivo Federal, de la Coordinación de Comunicación Social y Vocería de la Oficina de la Presidencia de la República, así como del Centro de Producción de Programas Informáticos y Especiales, violaron la ley electoral al difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido, a través de las conferencias de prensa matutinas denominadas “la mañanera”, durante la etapa de campaña de los procesos electorales 2020-2021 y 2021-2022. Lo anterior, porque contravinieron los principios de imparcialidad, equidad en la contienda electoral y el uso indebido de recursos públicos. El Tribunal considera que estas manifestaciones se encuentran prohibidas para evitar que las personas del servicio público puedan influir en los procesos electorales o en la voluntad de la ciudadanía. El dictamen tuvo los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado José Luis Vargas Valdez.

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